Los movimientos animalistas parten del principio de que los seres humanos somos animales y que somos sensibles al dolor de otros animales. En otro aspecto se apoyan en un sentido ético que valora negativamente el maltrato a otros animales. Desde este punto de vista se condena cualquier práctica que infrinja un daño a otros animales.
Se abre aquí una distinción en torno a la muerte con fines alimenticios. Algunos animalistas son permisivos con el sacrificio animal para comer y otros no. Quienes son permisivos plantean que el sacrifico ha de ser sin sufrimiento y proponen, p.ej, medidas de aturdimiento previo al degüello. Quienes no son permisivos plantean la supresion de cualquier dieta carnívora.
A estas posturas se añade el debate sobre la explotación productiva de los animales, como por ejmplo la leche o los huevos. Aún pudiendo ser prácticas sin daño, algunos animalistas plantean que el hecho de la cautividad, la explotación y las prácticas pecuarias y avícultoras, son en sí mismas dañinas para los animales. Por esto algunos animalistas son veganos, otros ovolactovegetarianos, otros consumen pescado y otros aceptan la carne terrestre si no ha supuesto muerte con sufrimiento.
Los sectores que aceptan la cria animal con fines de consumo consideran en cualquier caso las condiciones de vida de los animales, en cuanto a su hacinamiento, alimentación, enjaulado, condiciones no stresantes, etc
Algunos sectores animalistas son mas permisivos con la muerte con fines alimenticios pero intransigentes con la muerte para disfrute, como podrían ser los espectáculos y fiestas donde se da muerte a los animales por pura diversión y espectaculo. El argumento principal está en que los humanos tenemos la obligacion moral de respetar a otros animales capaces de sentir. En este aspecto se abren también opciones como la intolerancia a la muerte, a las prácticas cruentas no mortales e incluso a las incruentas pero que supongan daño físico al animal. Una mortal es la tauromaquia, la caza del zorro o los descabezamientos de gansos. Una cruenta son los rejoneos o incluso algunas fiestas con vaquillas. Algunas incruentas con daño son los toros ensogados o los toros de fuego.
Llevando la moral al sentimeinto del animal, aunque no haya maltrato físico se condenan prácticas de esclavitud y manipulación como por ejemplo el amaestramiento, la monta, y otras. Los encierros de reses, el circo, los paseos a lomos de animales, etc son prácticas censurados por la moral animalista. Algunas de estas practicas han llevado un proceso de daño físico, de privaciones de comida o agua, y diversas ataduras para doblegar al animal. Obviamente se incluye la utilizacion del animal para el transporte, acarreo y labranza. Como vengo diciendo, existen posturas diversas que toleran algunas prácticas y son intolerantes con otras.
La cautividad es ya un daño emocional y algunos animalistas se oponen completametne al mercado de animales no sólo de cria producitva sino también de compañía; por supuesto los zoos y otras exposiciones están en la misma categoría. Las regulaciones de trafico de especies exóticas son sólo un aspecto de la filosofía animalista, que a nivel politico coincide con otros aspectos como la preservacion de la biodiversidad y en general las prácticas conservacionistas.
Es una práctica común, ahora bastante regulada y sancionada, la adquisicion de crias de animales exoticos, o no, para disfrute doméstico como mascotas, que cuando crecen son sacrificados o abandonados. El abandono animal aún no está suficientemente perseguido en nuestro país. Desde el abandono de mascotas como pequeños reptiles que se arrojan por los wc hasta mamiferos diversos en fincas cerradas o perros en la calle o el campo. Incluso los animalistas trabajan actualemtne en sancionar el abandono, en términos de descuido, de los perros en el domicilio durante días.
Para poder defender a los animales, los movimientos animalistas recurren a considerar a los animales como
detentadores de derechos, principalmente el de ser respetados en sus
sentimientos e integridad física. De objeto de uso a objeto de derecho. Sobre esto volveré mas adelante.
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